La prestación del servicio de lengua de signos en los medios audiovisuales

Por Carlos Alberto Martín Edo, Senior project engineer en ATOS
En los últimos años se están generalizando en todo el mundo los servicios de accesibilidad audiovisual destinados a las personas con discapacidad. Dada la importancia de los contenidos multimedia y particularmente de la televisión, la accesibilidad audiovisual pretende que las personas con discapacidad puedan acceder en igualdad de condiciones a la información, formación y entretenimiento que tales contenidos suponen. En otras palabras, la ausencia de accesibilidad de los contenidos multimedia puede provocar la exclusión social de las personas con discapacidad. Este artículo aborda la prestación de servicios de interpretación en lengua de signos destinados a personas sordas o con una discapacidad auditiva.
Esta cuestión está de actualidad ya que hace unos meses, en noviembre de 2018, el Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea aprobaron una nueva versión de la “Directiva de servicios de comunicación audiovisual” [1] que ahonda en las obligaciones de dotar de accesibilidad a los contenidos audiovisuales. Esta directiva es también conocida por sus siglas en inglés: AVMSD (Audiovisual Media Services Directive). Esta directiva no puede imponer directamente los servicios de accesibilidad, sino que invita a los estados miembros de la Unión Europea a que adopten las medidas de accesibilidad necesarias en sus respectivos territorios. La directiva menciona explícitamente a las personas con una discapacidad auditiva o visual y entre los servicios que identifica, el primero que menciona es precisamente la lengua de signos. En cuanto a los estados miembros, existen leyes que imponen cuotas de prestación de interpretación en lengua de signos para los operadores de TV. Por ejemplo, en España esta obligación se recoge en la Ley General de la Comunicación Audiovisual de 2010, que establece que los canales de servicio público deben ofrecer 10 horas semanales de lengua de signos y los restantes, dos horas semanales.
El servicio de lengua de signos en TV posee una particularidad que no presentan otros servicios como los subtítulos o la audiodescripción: mientras que estos últimos se pueden prestar en modo cerrado (es decir, sólo se activan si así lo decide la persona usuaria), la lengua de signos se ha prestado tradicionalmente en modo abierto (esto es, disponible para todos los espectadores, requieran o no el servicio). Dado que el intérprete en lengua de signos puede resultar molesto para usuarios que no necesitan el servicio o que no están familiarizados con personas sordas, la lengua de signos se ha visto relegada con frecuencia a horas de menor consumo televisivo, lo que el artículo [2] de la EBU denomina “horarios antisociales” (unsocial scheduling).

Figura 1. Experiencia pionera de lengua de signos configurable en el canal alemán RBB, dentro del proyecto HBB4ALL. Mediante una aplicación HbbTV, el usuario seleccionaba la posición del intérprete para un programa de vídeo bajo demanda. El intérprete, situado a la izquierda en esta captura, es Jan Sell.
Como el mismo artículo [2] recuerda, es preciso aclarar algunos mitos sobre las lenguas de signos. La lengua de signos no es universal, sino que puede haber una o incluso varias en cada país. Como cualquier otra lengua, puede haber variedades dialectales dentro de una misma lengua de signos. Y son lenguas vivas que se van adaptando a media que cambia el entorno social en el que se utilizan (por ejemplo, para designar nuevos fenómenos). También es preciso recordar que una lengua de signos no está subordinada a la lengua oral hablada en el territorio correspondiente, sino que son independientes y con reglas gramaticales propias. Como dice [2], es más apropiado hablar de “interpretación” que de “traducción”.
Mientras que la digitalización de la televisión trajo nuevas oportunidades tecnológicas que redundaron en la mejora en cantidad y calidad de otros servicios de accesibilidad (como el subtitulado y la audiodescripción), esto no ocurrió directamente en el caso de la interpretación en lengua de signos, sino que se mantuvo la prestación en modo abierto. Eso sí, el aumento en el número de canales permitió que se pudiese dedicar un canal a la interpretación simultánea en lengua de signos mientras en el canal principal se ofrecía el programa sin interpretación. Este es el caso por ejemplo del canal británico BBC NEWS, que ofrece la interpretación simultánea en lengua de signos para algunos programas emitidos en BBC ONE.
La generalización de TV Conectada (es decir, de pantallas de TV que pueden recibir y reproducir contenidos tanto de una red de difusión como de Internet) sí supone una verdadera oportunidad de ofrecer el servicio de interpretación en lengua de signos en modo cerrado. Mientras que en el canal de radiodifusión se ofrece el servicio sin lengua de signos para todos los usuarios, el operador de TV pone a disposición de los espectadores la interpretación en lengua de signos a través de Internet. De este modo, un usuario que lo necesite, puede seleccionar la opción de lengua de signos a través de su mando a distancia y a partir de ese momento pasa a ver el servicio de lengua de signos, transmitido por streaming en directo a través de la conexión a Internet. La señal de vídeo transmitida por Internet integra tanto la señal del programa como la imagen del intérprete. En un caso ideal, ambas señales de vídeo serían independientes, de modo que la persona usuaria podría seleccionar en qué parte de la pantalla y con qué tamaño se muestra el intérprete de lengua de signos. El inconveniente de este caso es que requeriría dos circuitos de descodificación de vídeo en el receptor, que no es habitual.
El proyecto europeo de I+D HBB4ALL (Hybrid Broadcast Broadband 4 All) desarrolló esta idea. El operador alemán RBB (radiotelevisión pública de las regiones de Berlín y Brandemburgo) puso en marcha un piloto de lengua de signos utilizando el estándar HbbTV de TV conectada en el que la audiencia podía escoger entre distintos tamaños, posiciones y composiciones del servicio. La captura de la figura 1 corresponde a una de estas opciones, las cuales estuvieron disponibles para programas de vídeo bajo demanda.
En la actualidad, TVE presta también un servicio en modo cerrado de interpretación en lengua de signos basado en el estándar HbbTV, pero con la particularidad de que está disponible para contenidos en directo, lo que implica la interpretación simultánea y la transmisión por Internet como streaming en directo (o live streaming) [3]. La figura 2 muestra dos capturas de este servicio, que se activa mediante el botón verde del mando a distancia en los programas seleccionados (parte superior de la figura). Por la limitación en el número de descodificadores de vídeo en las pantallas comentada anteriormente, la señal de vídeo que llega a la pantalla de TV a través de Internet incluye tanto el vídeo del programa como al intérprete de lengua de signos (parte inferior de la figura).
La “Guía de buenas prácticas para la incorporación de la lengua de signos española a la televisión” [4], elaborada por el Centro de Normalización Lingüística de la Lengua de Signos Española y publicada por el Real Patronato sobre Discapacidad, pretende ser un documento de referencia que sirva a los operadores de TV para la puesta en marcha de servicios de calidad. Esta guía contiene, entre muchas otras, recomendaciones como las siguientes:
- La emisión del servicio en modo cerrado y la posibilidad de configuración por parte del usuario de la posición y el tamaño de la persona que signa (si la tecnología lo permite).
- La sincronización entre la señal de audio y la interpretación (aunque las lenguas de signos tienen su propio orden de los signos).
- La distribución en pantalla de la lengua de signos y de los subtítulos, de modo que estos no se solapen a aquella.
- Diversificar los géneros televisivos y los horarios en los que se presta el servicio de lengua de signos, incluyendo el horario de máxima audiencia.
- Asegurar a lo largo de la cadena de adquisición y transmisión un buen contraste entre la piel de la persona que signa y su ropa, así como con el fondo, de modo que la lengua de signos resulte inteligible.
- Codificar la lengua de signos en unas condiciones suficientes de iluminación, parámetros de la cámara, resolución y tasa binaria, de modo que resulte inteligible. La utilización de la técnica de chroma-key (que permite la inserción de la persona que signa como una silueta sobre el programa) merece especial cuidado en el momento de la adquisición del vídeo para evitar artefactos. Además, debido a los movimientos de las manos y brazos, es preferible utilizar formatos progresivos (y no entrelazados) y respetar los márgenes de seguridad habituales en TV.
- Se recomienda un plano frontal, con la cámara a la altura de los ojos de la persona que signa, y en encuadre que asegure la adquisición de todo el espacio en el que se va a signar, considerando el movimiento de manos, brazos y cara.
- La señalización de los servicios de lengua de signos es muy importante para informar de su existencia al colectivo al que está designado. La guía propone un icono para informar del servicio a través de cualquier medio, por ejemplo, las EPGs.
La figura 3 muestra la composición de la imagen en un servicio ideal de interpretación de acuerdo con la guía, si bien un servicio destinado a personas sordo-ciegas requerirá un contraste mayor.
Este artículo ha pretendido enmarcar la interpretación en lengua de signos en TV desde el punto de vista de la prestación como servicio de accesibilidad, de las oportunidades técnicas y de las recomendaciones de calidad, dada la importancia de los medios audiovisuales en la representación de la realidad social. ¿No deberían también los operadores incrementar la visibilidad de las personas sordas y de las lenguas de signos en los programas destinados a toda la población, estimulando así la integración social de este colectivo y contribuyendo a una representación más rica y diversa de la sociedad?
Este artículo fue publicado originalmente en el número 128 de la revista TM Broadcast.
Referencias
[1] DIRECTIVA (UE) 2018/1808 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 14 de noviembre de 2018 por la que se modifica la Directiva 2010/13/UE sobre la coordinación de determinadas disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros relativas a la prestación de servicios de comunicación audiovisual (Directiva de servicios de comunicación audiovisual), habida cuenta de la evolución de las realidades del mercado. Disponible en: https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=CELEX:32018L1808&from=EN
[2] Frans de Jong. “Access Services for digital television”. EBU Technical Review, octubre de 2004, nº 300. Disponible en: https://tech.ebu.ch/docs/techreview/trev_300-de_jong.pdf
[3] Manuel Gómez Zotano, Pere Vila Fumas, Enrique Martin Laguna. “Components of a cloud-based solution for sign language accessibility: the España Directo use case”. IOSR Journal of Computer Engineering (IOSR-JCE) e-ISSN: 2278-0661, p-ISSN: 2278-8727, Volume 20, Issue 3, Ver. IV (May. -June. 2018), PP 15-24.
[4] Centro de Normalización Lingüística de la Lengua de Signos Española. “Guía de buenas prácticas para la incorporación de la lengua de signos española en televisión”. Editado por: Real Patronato sobre Discapacidad. 2017. NIPO: 689-17-006-0. Disponible en: https://www.siis.net/documentos/ficha/529550.pdf